Finanzas

Pensión por Consumo en Perú: Cómo Funciona, con Ejemplos y Calculadora

📅 Información vigente al 6 de octubre de 2026 — Reglamento de la Ley N.° 32123 (D.S. N.° 189-2025-EF)

Desde enero de 2027, cada vez que pidas tu boleta electrónica con tu DNI, el 1% de esa compra puede ir directo a tu fondo de jubilación. Se llama pensión por consumo, y genera bastante confusión: ¿sale de tu bolsillo? ¿te conviene gastar más? ¿te alcanza para la pensión mínima? Aquí te lo explicamos con ejemplos y una calculadora, basados en el reglamento oficial.

S/ 440 Aporte máximo que puedes acumular al año por pensión por consumo en 2026 (1% de hasta 8 UIT de consumo anual), según el reglamento de la Ley 32123

Resumen rápido

  • No pagas más: el aporte lo financia el Tesoro Público, no se suma al precio que pagas en caja.
  • Es 1% de tu compra, no 1% del IGV restado: el IGV sigue siendo 18%; el aporte es un monto aparte que el Estado deposita en tu cuenta.
  • Tiene un tope: no se consideran boletas de más de S/ 700, ni un consumo anual mayor a 8 UIT (S/ 44,000 en 2026).
  • Aporte máximo: S/ 440 al año en 2026, si llegas al tope.
  • No es una pensión por sí sola: es un complemento a tu fondo (CIC), no un camino independiente para llegar a la pensión mínima.

Cómo funciona realmente (y por qué no te cuesta más)

La confusión más común es pensar que el 1% sale de los S/18 que ya pagas por cada S/100 de IGV, como si el IGV bajara a 17% y ese punto se fuera a tu pensión. No es así. El IGV se mantiene en 18%, igual que siempre, y el precio que pagas en caja no cambia. El aporte por consumo es un monto adicional de 1% del valor de tu compra, que el Estado deposita en tu cuenta previsional usando recursos del Tesoro Público, no tu dinero.

En otras palabras: compras algo de S/100, pagas S/100 en caja (con su IGV de 18% ya incluido, como siempre), y por separado, el Estado deposita S/1 adicional en tu cuenta de pensión por consumo. No sale de tu bolsillo en el momento de la compra.

Varios titulares de prensa hablan de «1% del IGV», lo cual genera la confusión. Técnicamente es más preciso decir «1% del valor de tu compra, financiado con fondos del Tesoro Público», no una resta del IGV que ya pagas.

Qué compras cuentan y cuáles no

  • Debe ser boleta de venta electrónica con tu nombre y tu número de DNI, no una boleta genérica o sin identificar.
  • Cuentan ventas, servicios y alquileres sustentados en boleta electrónica, según el reglamento, no solo compras en tiendas.
  • No se consideran boletas de más de S/ 700, sin importar cuánto gastes en una sola compra.
  • Tope anual de 8 UIT de consumo considerado (S/ 44,000 en 2026); lo que gastes por encima de ese monto ya no suma más aporte.
  • Debes estar afiliado al Sistema Nacional de Pensiones (ONP) o al Sistema Privado de Pensiones (AFP) para tener una cuenta donde recibir el aporte.

Las AFP abrirán una «cuenta especial por consumo», separada de tu cuenta de aportes voluntarios, desde diciembre de 2026, para empezar a recibir estos aportes en enero de 2027. Esta cuenta puede estar sujeta al pago de una comisión, según el reglamento.

Calculadora: cuánto acumularías según tu consumo

Ingresa cuánto gastas al mes en compras que podrían calificar (boleta electrónica con tu DNI, cada una de hasta S/ 700) para ver cuánto se acumularía en tu cuenta de pensión por consumo en un año, usando el valor de la UIT 2026 (S/ 5,500) como referencia.

Calculadora de pensión por consumo

Esta simulación es referencial y educativa; no reemplaza la información oficial de tu AFP, la ONP o la SUNAT.

Cálculo con el valor de la UIT 2026 (S/ 5,500) y el tope de 8 UIT anuales. Asume que todo tu consumo mensual indicado cumple los requisitos (boleta electrónica con DNI, cada una de hasta S/ 700). No incluye rentabilidad de la cuenta ni comisiones, que varían según la EAF.

¿Te conviene gastar más para tener más pensión?

Gastar más si aumenta tu aporte, pero solo hasta el tope de 8 UIT al año (S/ 44,000 en 2026). Después de eso, gastar de más no te da ni un sol adicional de aporte. Pero ojo con la lógica: como el aporte no sale de tu bolsillo, no pierdes nada por pedir la boleta con tu DNI en compras que de todas formas ibas a hacer. El error sería gastar más de lo que necesitas solo para «ganar» el aporte: el beneficio máximo es S/ 440 al año, una fracción pequeña frente a cualquier gasto adicional real que hagas.

La recomendación más razonable, con lo que sabemos hasta ahora: pide boleta electrónica con tu DNI en las compras que ya haces normalmente (mercado, farmacia, ropa, alquiler), en vez de cambiar tus hábitos de consumo para maximizar este aporte.

¿Esto te da acceso a la pensión mínima?

No por sí solo. El reglamento de la Ley 32123 es claro en que el aporte por consumo es un mecanismo «complementario»: se suma al saldo de tu Cuenta Individual de Capitalización (CIC), junto con tus aportes obligatorios y voluntarios, pero no reemplaza ni sustituye el requisito de años de aportes que ya te explicamos en nuestro artículo sobre la pensión mínima de S/ 600 para afiliados a una AFP.

Es decir: si te faltan años de aportes (UdA) para calificar a la pensión mínima o proporcional del Pilar Semicontributivo, el aporte por consumo no te los da automáticamente. Lo que sí hace es engrosar el saldo de tu cuenta, lo cual puede ayudar si tu fondo termina siendo insuficiente para financiar la pensión que te corresponda, pero no es un atajo independiente hacia la pensión mínima.

Con el tope de S/ 440 al año, acumular una suma relevante solo por este mecanismo tomaría muchísimos años. No lo veas como un reemplazo de tus aportes regulares, sino como un pequeño extra adicional.

¿Es una subvención del Estado? El costo fiscal, en disputa

En la práctica, sí: es una transferencia del Estado hacia tu cuenta individual, financiada con recursos generales del Tesoro Público. No es que se aparte literalmente el 1% del IGV de esa transacción puntual tuya; es presupuesto general del Estado, calculado según el consumo que reportan las boletas electrónicas.

Y sí, afecta el presupuesto público. Aquí hay un desacuerdo real entre el MEF y otros organismos sobre cuánto cuesta exactamente:

FuenteEstimado del costo fiscal del aporte por consumo
Instituto Peruano de Economía (IPE)Alrededor de S/ 2,000 millones al año, en las primeras etapas
Comisión de Economía del Congreso (con cifras del MEF)S/ 2,000 millones anuales; el componente más caro de toda la reforma previsional
Consejo FiscalEntre 0.2% y 0.3% del PBI al año
MEF (declaración oficial del entonces ministro José Arista, 2024)La reforma completa «no representa mayor gasto para el Estado»

Es decir: el propio MEF sostuvo en su momento que esto no incrementaría el gasto estatal, mientras que el Consejo Fiscal (el organismo autónomo que vigila las cuentas fiscales del país) y el IPE calcularon lo contrario, con cifras de miles de millones de soles al año. Es una disputa técnica y política que sigue abierta, no algo resuelto.

Estas cifras de costo fiscal corresponden a estimaciones hechas durante el debate de la Ley 32123 en 2024, antes de su aprobación. No encontramos una actualización más reciente y específica para 2026 del costo exacto que asumirá el presupuesto público en 2027, cuando el mecanismo entre en vigencia.

Datos clave de la pensión por consumo

DatoValor
Inicio de vigencia1 de enero de 2027
Apertura de cuentas especiales en las AFPDesde diciembre de 2026
Porcentaje del aporte1% del valor de la compra
Tope por boletaS/ 700 (boletas mayores no se consideran)
Tope de consumo anual considerado8 UIT (S/ 44,000 en 2026)
Aporte máximo anual (2026)S/ 440
¿Quién paga el aporte?El Tesoro Público, no el consumidor
¿Genera rentabilidad?Sí, según el reglamento, aunque no está claro si tiene la misma garantía de rentabilidad mínima que el resto de tu CIC
¿Reemplaza la pensión mínima?No, es un complemento a tu fondo

El tope en soles (S/ 44,000 y S/ 440) está calculado con la UIT 2026 (S/ 5,500); como la pensión por consumo rige desde enero de 2027, es posible que se use el valor de la UIT 2027 cuando esté vigente, que el MEF suele publicar en diciembre. Verifica el valor actualizado cuando se publique.

Qué hacer antes de enero de 2027

  • Confirma que estás afiliado a una AFP o a la ONP; sin afiliación no hay cuenta donde recibir el aporte.
  • Acostúmbrate a pedir boleta electrónica con tu DNI en tus compras habituales, sin necesidad de gastar más de lo normal.
  • Revisa, desde diciembre de 2026, que tu AFP o la ONP te hayan abierto la cuenta especial por consumo.
  • No confundas este mecanismo con la pensión mínima o proporcional del Pilar Semicontributivo: son beneficios distintos, aunque ambos vienen de la misma ley.
  • Sigue los comunicados oficiales de la SBS, la ONP y la SUNAT sobre cómo se validará la información de tus boletas.

Preguntas frecuentes

¿La pensión por consumo me cuesta más dinero en mis compras?

No. El IGV se mantiene en 18% y el precio que pagas en caja no cambia. El aporte del 1% lo financia el Tesoro Público, no es un cobro adicional al consumidor.

¿Si gasto más, tengo más pensión?

Sí, pero solo hasta el tope de 8 UIT de consumo anual considerado (S/ 44,000 en 2026). Por encima de ese monto, gastar más no genera más aporte. El máximo posible es S/ 440 al año con los valores de 2026.

¿Cuánto necesito consumir para llegar al aporte máximo?

Necesitas un consumo que califique de aproximadamente S/ 3,667 al mes (S/ 44,000 al año), siempre con boletas electrónicas con tu DNI de hasta S/ 700 cada una, para llegar al aporte máximo de S/ 440 anuales en 2026.

¿La pensión por consumo me da acceso a la pensión mínima de S/ 600?

No por sí sola. Es un aporte complementario que se suma a tu Cuenta Individual de Capitalización, pero no sustituye el requisito de años de aportes (UdA) para calificar a la pensión mínima o proporcional del Pilar Semicontributivo.

¿Qué compras no cuentan para la pensión por consumo?

No cuentan las boletas sin tu nombre y DNI, las boletas con un importe mayor a S/ 700, y el consumo que exceda el tope anual de 8 UIT. Tampoco cuenta si no estás afiliado a una AFP o a la ONP.

¿Es la pensión por consumo una subvención del Estado?

En la práctica sí: es una transferencia hacia tu cuenta individual financiada con recursos del Tesoro Público, no un descuento de tu propio IGV en esa compra puntual.

¿Cuánto le cuesta al Estado la pensión por consumo?

Hay cifras en disputa: el Instituto Peruano de Economía y la Comisión de Economía del Congreso lo estimaron en unos S/2,000 millones anuales, y el Consejo Fiscal en 0.2% a 0.3% del PBI al año, mientras que el MEF sostuvo en 2024 que la reforma completa no representaría mayor gasto para el Estado.

Este artículo es informativo y no constituye asesoría previsional ni tributaria. El reglamento puede ajustarse antes de su entrada en vigencia en enero de 2027; confirma siempre la versión más reciente en el Diario Oficial El Peruano.

Si quieres entender el otro gran beneficio de esta misma reforma previsional, revisa nuestro artículo sobre la pensión mínima de S/ 600 para afiliados a una AFP.