SUNAT Activa Cobranza Coactiva a 1,354 Contribuyentes: Qué Es y Cómo Evitarla
Esta semana, la cobranza coactiva de la SUNAT alcanzó a 1,354 contribuyentes de Lima, que juntos deben S/ 1,060 millones. Hubo operativos con embargos en 73 domicilios fiscales esta semana. Más allá de la noticia, vale la pena entender qué es exactamente la cobranza coactiva, qué puede embargarte la SUNAT y, sobre todo, qué puedes hacer si tienes una deuda tributaria para no llegar a este punto.
Resumen rápido
- Qué pasó: la SUNAT movilizó a 85 ejecutores y auxiliares coactivos, que intervinieron 73 domicilios fiscales y establecimientos anexos en Lima, con medidas de embargo.
- A quién apunta: 1,354 contribuyentes (personas y empresas) con deudas ya exigibles, pese a haber tenido oportunidades de regularizar su situación.
- La cobranza coactiva es el último escalón: solo se llega a embargos cuando ya se agotaron los plazos para pagar o reclamar.
- Tienes derechos: puedes reclamar dentro de 20 días hábiles de notificada una resolución, o solicitar fraccionar tu deuda en hasta 72 cuotas.
- Ojo: solo pedir el fraccionamiento no detiene la cobranza; se detiene cuando SUNAT aprueba tu solicitud.
Qué pasó exactamente esta semana
La SUNAT, tras un trabajo de inteligencia y cruce de información, identificó a 1,354 contribuyentes con domicilio fiscal en Lima que mantienen deudas tributarias exigibles pese a haber tenido facilidades para ponerse al día. Para la primera fase del operativo, movilizó a 85 ejecutores y auxiliares coactivos, quienes intervinieron 73 domicilios fiscales y establecimientos anexos, aplicando medidas de embargo para exigir el pago. La entidad anunció que continuará con nuevas intervenciones en los próximos días.
La SUNAT señaló que algunos de estos contribuyentes han recurrido reiteradamente a mecanismos legales para cuestionar los procedimientos de fiscalización, lo que habría retrasado el cobro. La entidad fue clara: reconoce el derecho a impugnar sus decisiones, pero advierte que el uso de estos recursos solo para dilatar el pago de una deuda ya exigible no es lo mismo que ejercer ese derecho de buena fe.
Qué es la cobranza coactiva y cuándo se activa
La cobranza coactiva es el procedimiento que usa la SUNAT para cobrar una deuda tributaria que ya es «exigible», es decir, que está determinada de forma definitiva (porque no la impugnaste a tiempo, o tu reclamo fue rechazado) y cuyo plazo de pago ya venció. Es, en la práctica, el último escalón: solo se llega aquí cuando ya se agotaron las etapas previas.
El procedimiento empieza con una Resolución de Ejecución Coactiva (REC), que te da 7 días hábiles para pagar la deuda. Si no lo haces, la SUNAT puede trabar embargos, sin necesidad de pasar primero por un juez.
| Etapa | Qué ocurre | Tu oportunidad de frenarlo |
|---|---|---|
| Determinación | La SUNAT emite una Orden de Pago, Resolución de Determinación o Multa | Pagar, o reclamar dentro de 20 días hábiles |
| Reclamo (si lo presentas a tiempo) | La deuda no es exigible mientras tu reclamo esté pendiente de resolver | Esperar la resolución de tu reclamo |
| Cobranza coactiva | La SUNAT notifica la REC; tienes 7 días hábiles para pagar | Pagar, o solicitar el fraccionamiento de tu deuda |
| Embargo | Si no pagas ni fraccionas, la SUNAT traba medidas de embargo | Pagar el monto embargado, o fraccionar el íntegro de la deuda en cobranza |
Qué puede embargarte la SUNAT
Una vez en cobranza coactiva, la SUNAT puede embargar, entre otros:
- Cuentas bancarias.
- Bienes muebles e inmuebles.
- Derechos de crédito (lo que terceros te deben a ti).
- En algunos casos, retenciones sobre sueldos.
Todo esto sucede sin necesidad de una orden judicial previa: es una facultad propia de la administración tributaria, respaldada en el Código Tributario.
Tus dos opciones si tienes una deuda tributaria: reclamar o fraccionar
1. Reclamar, si crees que hay un error. Tienes 20 días hábiles desde que te notifican una Resolución de Determinación o Multa para presentar un recurso de reclamación. Si lo presentas dentro de ese plazo, la deuda no se considera exigible mientras se resuelve tu reclamo. Si lo presentas fuera de plazo, tendrás que pagar la deuda o presentar una carta fianza por ese monto para que tu reclamo sea admitido.
2. Fraccionar, si no puedes pagar de una sola vez. El fraccionamiento tributario (Artículo 36 del Código Tributario) te permite pagar tu deuda en cuotas mensuales, hasta por 72 meses, o aplazar el pago hasta por 6 meses, o combinar ambas opciones.
Importante: solo presentar la solicitud de fraccionamiento NO detiene la cobranza coactiva. La cobranza se da por concluida y se levantan los embargos recién cuando la SUNAT emite la Resolución que APRUEBA tu fraccionamiento, no antes. Y si luego dejas de pagar 2 cuotas consecutivas del fraccionamiento, lo pierdes de forma automática: toda la deuda restante se vuelve exigible de inmediato y vuelve a cobranza coactiva.
Cómo evitar llegar a la cobranza coactiva
- Revisa periódicamente tu Clave SOL si tienes deudas tributarias pendientes, no esperes a que te notifiquen por otros medios.
- Si recibes una Orden de Pago, Resolución de Determinación o Multa, no dejes pasar los 20 días hábiles si crees que hay un error: después de ese plazo, reclamar te cuesta mucho más (pagar o presentar carta fianza).
- Si no puedes pagar el total, solicita el fraccionamiento antes de que te notifiquen una Resolución de Ejecución Coactiva, no después.
- Si ya tienes un fraccionamiento aprobado, no dejes de pagar 2 cuotas seguidas: lo pierdes automáticamente y toda la deuda se vuelve exigible de inmediato.
- Si usas recursos legales para cuestionar una deuda, hazlo de buena fe y a tiempo; la SUNAT identifica cuando estos recursos se usan solo para dilatar el pago.
El contexto: la SUNAT está recaudando más que nunca
Este operativo no es un hecho aislado: ocurre en un momento de fuerte crecimiento de la recaudación tributaria. En setiembre de 2026, los ingresos del Gobierno central sumaron S/ 16,225 millones, un crecimiento real de 18.3% frente al mismo mes de 2025, con 28 meses consecutivos de expansión. El impuesto a la renta creció 25.2% y el IGV, 10.6%. La SUNAT atribuye este desempeño tanto al buen momento de la economía como a sus propias acciones de control y cobranza, como la de esta semana.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la cobranza coactiva de la SUNAT?
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar una deuda tributaria?
¿El fraccionamiento detiene la cobranza coactiva de inmediato?
¿En cuántas cuotas puedo fraccionar mi deuda con la SUNAT?
¿Qué pasa si dejo de pagar las cuotas de mi fraccionamiento?
Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal o tributaria. Si tienes una deuda con la SUNAT, consulta tu caso específico directamente con la entidad o con un asesor tributario. Si tienes deudas o aportes pendientes con otras entidades, revisa también nuestro artículo sobre el nuevo aporte mínimo al SNP de la ONP.
Fuentes consultadas
- Infobae — Más de 1,300 contribuyentes deben S/ 1,060 millones a la SUNAT: entidad activa cobranza coactiva (17/10/2026)
- SUNAT — Código Tributario, Libro III, Título II: Procedimiento de Cobranza Coactiva (oficial)
- SUNAT — Preguntas frecuentes sobre cobranza coactiva (oficial)
- SUNAT — Fraccionamiento de deudas (oficial)
- El Peruano — SUNAT: recaudación tributaria creció 18.3% en setiembre y alcanzó S/ 16,225 millones (oficial)
