Finanzas

Sueldo Mínimo Oficial en Perú: S/ 1,230 Confirmado desde Octubre

📅 Información vigente al 29 de septiembre de 2026 — Decreto Supremo N.° 015-2026-TR, publicado el 28/9/2026

Ya es oficial: el sueldo mínimo en Perú sube a S/ 1,230 desde el 1 de octubre de 2026. La presidenta Keiko Fujimori firmó el decreto supremo la noche del 28 de septiembre, y esta vez no es solo un anuncio: es una norma publicada en El Peruano. Aquí te explicamos qué cambia exactamente en tu planilla desde el próximo mes, y qué falta todavía para llegar a los S/ 1,300 prometidos.

S/ 1,230 Nueva Remuneración Mínima Vital (RMV) desde el 1 de octubre de 2026, tras el Decreto Supremo N.° 015-2026-TR publicado en edición extraordinaria de El Peruano

Resumen rápido

  • Ya es ley: el Decreto Supremo N.° 015-2026-TR se publicó el 28 de setiembre de 2026, no es solo un anuncio.
  • Primer tramo: la RMV sube de S/ 1,130 a S/ 1,230 (+S/ 100), vigente desde el 1 de octubre de 2026.
  • Segundo tramo: +S/ 70 más, hasta S/ 1,300, mediante otro decreto supremo que se emitirá en el primer semestre de 2027, sin fecha exacta todavía.
  • A quién alcanza: trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada.
  • Bono para mypes: el Gobierno anunció un bono transitorio de S/ 100 por trabajador para micro y pequeñas empresas de 2 a 10 trabajadores, que se entregaría en octubre (lo desarrollamos en un artículo aparte).

Qué dice exactamente el decreto supremo

El Decreto Supremo N.° 015-2026-TR, publicado en una edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano el 28 de setiembre de 2026, establece textualmente: «Se incrementa en S/ 170.00 (Ciento Setenta y 00/100 Soles) la Remuneración Mínima Vital de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, en dos (2) tramos». El primer tramo, de S/ 100, entra en vigencia el 1 de octubre de 2026. El segundo, de S/ 70, «se establece mediante Decreto Supremo a emitirse durante el primer semestre del año 2027».

La norma fue refrendada por el ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Juan Sheput, y firmada por la presidenta Keiko Fujimori en una ceremonia en el Salón Túpac Amaru de Palacio de Gobierno, con la participación del presidente del Consejo de Ministros, Luis Galarreta, y el ministro de Economía y Finanzas, Elmer Cuba. El decreto recoge el consenso alcanzado en la Sesión Extraordinaria N.° 49 del Pleno del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE), realizada el 3 de setiembre de 2026.

A diferencia de lo que veníamos reportando hasta la semana pasada, esto ya no es una propuesta ni un consenso informal: es una norma vigente. Si tu empleador te sigue pagando S/ 1,130 después del 1 de octubre de 2026, no está cumpliendo la ley.

Cuánto cambia el sueldo mínimo en Perú en tu boleta de pago

Para un trabajador a tiempo completo del régimen general que gana exactamente la RMV y tiene derecho a la asignación familiar, estos son los montos ya oficiales desde octubre, comparados con lo que rigió hasta setiembre:

ConceptoHasta el 30/9/2026 (S/ 1,130)Desde el 1/10/2026 (S/ 1,230)Proyectado, 1er sem. 2027 (S/ 1,300)
Remuneración Mínima Vital (RMV)S/ 1,130.00S/ 1,230.00S/ 1,300.00
Asignación familiar (10% de la RMV)S/ 113.00S/ 123.00S/ 130.00
Remuneración con asignaciónS/ 1,243.00S/ 1,353.00S/ 1,430.00
Gratificación (julio o diciembre)S/ 1,243.00S/ 1,353.00S/ 1,430.00
Bonificación extraordinaria (9% EsSalud)S/ 111.87S/ 121.77S/ 128.70
CTS por semestre completoS/ 725.08S/ 789.25S/ 834.17
Aporte EsSalud del empleador (9%)S/ 101.70S/ 110.70S/ 117.00

Cálculo propio verificado con Python, a partir de la Ley 25129 (asignación familiar), la Ley 27735 y la Ley 30334 (gratificaciones) y el D.S. 001-97-TR (CTS), para el régimen laboral general con jornada completa. La columna de S/ 1,300 ya no es un escenario hipotético como en nuestra nota anterior, pero sigue siendo una proyección: el decreto que la haga oficial todavía no existe.

Otros montos que también se mueven con la RMV

  • Remuneración mínima para trabajo nocturno (RMV + 35%, según el TUO de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral): de S/ 1,525.50 sube a S/ 1,660.50 desde octubre.
  • Remuneración mínima minera (RMV + 25%, aplicable a trabajadores del régimen minero): de S/ 1,412.50 sube a S/ 1,537.50.
  • Subvención de practicantes en modalidades formativas (no puede ser menor a una RMV con jornada máxima, según la Ley 28518): sube de S/ 1,130 a S/ 1,230.

Estos tres montos derivados no aparecen citados con su cifra exacta en la cobertura de prensa que revisamos sobre este decreto; son cálculos propios aplicando los porcentajes de ley sobre la nueva RMV, verificados con Python. Confirma con tu área de RR.HH. o un especialista laboral si tu caso específico aplica alguno de estos regímenes.

Qué falta para llegar a los S/ 1,300

El propio decreto es claro: el segundo tramo, de S/ 70, «se establece mediante Decreto Supremo a emitirse durante el primer semestre del año 2027». Eso significa dos cosas importantes: todavía no existe una fecha exacta, y hará falta una norma adicional (distinta a la del 28 de setiembre) para que ese segundo aumento entre en vigencia.

El ministro de Economía, Elmer Cuba, explicó que la segunda fase se oficializaría entre abril y mayo de 2027, «una vez disipados los impactos del fenómeno El Niño». Es una fecha estimada por el propio Gobierno, no un compromiso normativo: el decreto no fija ese rango de meses, solo dice «primer semestre de 2027».

No hagas cuentas con S/ 1,300 todavía. Hasta que no se publique el segundo decreto supremo, la RMV que tu empleador debe pagar es S/ 1,230, no S/ 1,300.

Qué debes revisar en tu planilla de octubre

  • Confirma que tu boleta de pago de octubre refleje S/ 1,230 como mínimo, si ganas la RMV.
  • Si tienes hijos con derecho a asignación familiar, verifica que se calcule sobre la nueva RMV (S/ 123, no S/ 113).
  • Si trabajas de noche o en el régimen minero, confirma que tu remuneración mínima especial también se haya actualizado.
  • Si tienes un negocio con trabajadores en planilla, revisa si calificas para el bono transitorio de S/ 100 por trabajador para mypes, y qué plazos maneja.
  • Guarda el número del decreto (D.S. N.° 015-2026-TR) para cualquier reclamo o consulta ante el Ministerio de Trabajo, en caso tu empleador no aplique el aumento.

Preguntas frecuentes

¿Ya está vigente el aumento del sueldo mínimo a S/ 1,230?

Sí, mediante el Decreto Supremo N.° 015-2026-TR, publicado el 28 de setiembre de 2026 en El Peruano. La RMV de S/ 1,230 rige desde el 1 de octubre de 2026.

¿Cuándo llega el sueldo mínimo a S/ 1,300?

Según el propio decreto, el segundo tramo de S/ 70 se establecerá mediante otro decreto supremo durante el primer semestre de 2027, sin fecha exacta aún. El ministro de Economía estimó que sería entre abril y mayo de 2027.

¿A quién le corresponde el nuevo sueldo mínimo de S/ 1,230?

A los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, a tiempo completo, según establece el decreto.

¿Cuánto sube mi asignación familiar con la nueva RMV?

La asignación familiar equivale al 10% de la RMV según la Ley 25129. Con S/ 1,230 pasa a ser S/ 123, frente a los S/ 113 que regían con la RMV anterior de S/ 1,130.

¿Qué pasa si mi empleador no me paga el nuevo mínimo desde octubre?

A partir del 1 de octubre de 2026, pagar menos de S/ 1,230 a un trabajador del régimen laboral de la actividad privada a tiempo completo incumple el Decreto Supremo N.° 015-2026-TR. Puedes presentar tu consulta o reclamo ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal ni laboral. Consulta el texto completo del decreto en El Peruano o a un especialista laboral para tu caso específico.

Si tienes una micro o pequeña empresa, revisa también nuestro artículo sobre el bono transitorio de S/ 100 para mypes que acompaña este aumento.